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Herramienta gratuita · datos del INE

Calculadora de actualización del alquiler

Calcula cuánto puede subir la renta en la actualización anual con los datos oficiales del INE: el índice pactado en el contrato (IPC, IRAV u otro porcentaje) con el tope del IRAV.

Último IRAV publicado por el INE: 2,54 % (septiembre de 2026).

La renta que cobras ahora, sin gastos repercutidos.

El último dato publicado en la fecha de actualización. El INE publica cada mes hacia mediados del mes siguiente.

El que diga la cláusula de actualización. Si pacta actualizar sin concretar índice, se aplica el IRAV.

Resultado

Índice pactado
4,9 %
Tope IRAV
2,54 %
Variación aplicable
2,54 %
Nueva renta mensual
871,59 €
Diferencia al mes
21,59 €

El índice pactado supera el IRAV, así que la subida se limita al IRAV (artículo 18 de la LAU).

Cálculo orientativo. El tope del IRAV sigue el artículo 18 de la LAU en la redacción del Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación. Sin cláusula de actualización la renta no puede subir, y la nueva renta se exige desde el mes siguiente a notificarla por escrito.

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Cómo se calcula la actualización del alquiler

La nueva renta se obtiene multiplicando la renta actual por uno más la variación del índice entre cien. Lo que cambia de un contrato a otro es qué variación se aplica.

Qué índice se aplica

  1. El que diga la cláusula de actualización. Sin cláusula no hay actualización: la renta se mantiene durante todo el contrato.
  2. Con el IRAV como tope. Según el artículo 18 de la LAU, en la redacción del Real Decreto-ley 29/2026, la subida anual no puede superar la variación del IRAV, aunque el contrato remita al IPC o a otro porcentaje.
  3. Si la cláusula pacta actualizar sin concretar índice, se aplica el IRAV.

Un ejemplo con datos reales

En septiembre de 2026, el INE publicó una variación anual del IPC del 4,9 % y un IRAV del 2,54 %. Con una renta de 850 € y un contrato que remite al IPC:

Variación Nueva renta
Lo que daría el IPC 4,9 % 891,65 €
Lo que permite el tope del IRAV 2,54 % 871,59 €

La renta actualizada sería de 871,59 €: el IPC supera al IRAV, así que se aplica el IRAV.

Cuándo y cómo se notifica

  • La actualización solo se aplica en el aniversario del contrato, nunca durante el primer año.
  • Se usa el último índice publicado en la fecha de actualización.
  • La nueva renta se exige desde el mes siguiente a la notificación por escrito, con el índice, su valor y el cálculo. Lo detallamos en el artículo sobre el IPC y la actualización del alquiler.

De dónde salen los datos

La calculadora consulta las series oficiales del INE: el IRAV y la variación anual del IPC general. No usa el avance del IPC que el INE publica a final de mes, porque es una estimación provisional; la actualización se hace con el dato definitivo.

Llevar las actualizaciones de todos tus contratos

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto puedo subir el alquiler este año?

Lo que diga la cláusula de actualización del contrato, con un límite: la variación anual del IRAV que publica el INE. Si el contrato remite al IPC y el IPC supera al IRAV, la subida se queda en el IRAV. La calculadora muestra el último dato publicado de los dos índices.

¿Qué es el IRAV?

Es el índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda. Lo creó la Ley 12/2023 y el INE lo publica cada mes, con datos desde noviembre de 2024. Es más estable que el IPC porque no recoge de lleno las oscilaciones de la energía y los alimentos.

¿Puedo seguir actualizando con el IPC?

Si el contrato lo pacta, sí, pero con el IRAV como tope. Tras el Real Decreto-ley 29/2026 ese tope del artículo 18 de la LAU se aplica también a los contratos firmados antes de la Ley 12/2023. El real decreto-ley está pendiente de convalidación en el Congreso, así que conviene comprobar la redacción vigente en el BOE.

¿Qué mes del índice tengo que usar?

El del último índice publicado en la fecha de actualización, es decir, en el aniversario del contrato. El INE publica cada mes hacia mediados del mes siguiente: en una actualización a primeros de mes suele corresponder el dato de hace dos meses.

¿Desde cuándo puedo cobrar la renta actualizada?

Desde el mes siguiente a notificarla por escrito al inquilino, indicando el índice aplicado, su valor y la nueva renta. La ley también admite una nota en el recibo de la mensualidad anterior. Si notificas tarde, no puedes exigir la nueva renta antes.

¿Y si el índice sale negativo?

Una variación negativa reduce la renta en la misma proporción, salvo que la cláusula diga otra cosa. La calculadora aplica el valor tal cual, positivo o negativo.